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De interés para autónomos/as: nuevo sistema de cotización en función de los rendimientos anuales

Actualizado: 17 mar 2023



Desde el área laboral-fiscal nos trasladan información de interés en relación al sistema de cotización de los autónomos/as y que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2023.


A partir del 1 de enero de 2023 entra en vigor el nuevo sistema de cotización para los/as trabajadores por cuenta propia según sus rendimientos netos, siguiendo un periodo transitorio que evolucionará progresivamente hasta 2032, año en el que su base de cotización será igual a sus rendimientos netos, equiparándose su tratamiento al de los/as trabajadores por cuenta ajena, los/as cuales cotizan por su salario bruto (salvo que este sea superior a la base máxima de cotización).


A inicios de cada año, o en el momento de darse como alta como autónomo, cada persona comunicará su previsión de rendimientos netos, que podrá ir modificando cada dos meses (hasta 6 veces al año). A inicios del año siguiente, y en función de los rendimientos netos anuales de cada autónomo/a que le facilite la Agencia Tributaria, la Seguridad Social procederá a regularizar las cuotas si esos rendimientos fueran superiores o inferiores a los tramos que cada persona haya elegido para cotizar:

  • Si la cotización provisional efectuada fuera inferior a la cuota correspondiente, deberá ingresar la diferencia entre ambas cotizaciones.

  • Si la cotización provisional efectuada fuera superior a la cuota correspondiente, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procederá a devolver de oficio la diferencia entre ambas cotizaciones.


El nuevo sistema de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos elimina la posibilidad de elegir libremente la base de cotización sin tener en cuenta los rendimientos netos del autónomo. Como excepción, aquellos autónomos/as que en diciembre de 2022 se encontrasen cotizando por una base superior a la que determinan sus rendimientos netos, podrán permanecer en esa base con carácter indefinido. A partir de 2023, ya no se permitirá esa opción.


Los autónomos/as tendrán de plazo de solicitud desde 1 de enero de 2023 y hasta el 28 de febrero para solicitar a la TGSS la base de cotización mensual que se ajuste a los rendimientos netos que esperan "obtener de promedio mensual a lo largo del 2023". Estos cambios de base de cotización surtirán efecto el próximo 1 de marzo.


Las bases de cotización tendrán carácter provisional hasta la regularización en función de los rendimientos reales obtenidos a partir del ejercicio siguiente, compartiendo información de la Declaración de la Renta entre la Seguridad Social y Hacienda.


Accede y pincha a las tablas con los trasmos y cuotas mínima y máxima.


La Seguridad Social ha lanzado un simulador para que los autónomos/as podáis hacer una estimación de la cuota que deberéis pagar a partir del 1 de enero de 2023 en base a los rendimientos netos que prevéeis tener. Esta herramienta será informativa y mostrará una cuota calculada a partir de la previsión de ingresos sin tener en cuenta las deducciones que deberán aplicarse posteriormente, es por esto que la información obtenida no será exacta, pero ayudará a hacerse una idea de lo que se deberá pagar.


 
 
 

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