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Sobre el acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco

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El Decreto 161/2025, de 28 de julio, desarrolla la Ley 8/2022 sobre el acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en el País Vasco. El Decreto marca un avance significativo en la profesionalización de la actividad física y del deporte en la comunidad que contribuirá a dignificar el sector y garantizar prácticas más seguras para la ciudadanía.


En la normativa aprobada se regulan aspectos como la cualificación profesional tanto de profesionales titulados como de los no titulados que deberán solicitar la oportuna habilitación, la obligatoriedad de disponer de un seguro de responsabilidad civil y la creación del Registro de profesionales donde deberán registrarse todas aquellas personas que desarrollen su labor profesional en el sector.


A continuación, os describimos brevemente cuáles son los puntos clave o más interesantes del documento:


  1. Cualificación profesional


Se exige acreditación mediante títulos oficiales o equivalentes y se habilita temporalmente a quienes ya ejercían sin cualificación antes de la ley siempre que cumplan con los mínimos establecidos y mediante declaración responsable.


A partir del 1 de enero de 2026, solo podrán seguir ejerciendo si acreditan una experiencia mínima (entre 1.200 y 4.000 horas en los seis años anteriores) según la actividad profesional que desarrollen (monitores, entrenadores, directores).


La acreditación se hace mediante una declaración responsable telemática que permite la inscripción automática en el registro.


Quienes no cumplan este requisito podrán ejercer solo hasta el 31 de diciembre de 2025.


  1. Obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil


El decreto exige la contratación de un seguro de responsabilidad civil para ejercer y proteger a terceros de los daños causados por servicios profesionales. ​En relación a esta cuestión, indicaros que tras la consulta realizada a la aseguradora con la que se tiene contratado el SRC el Colegio, nos han indicado que se cumplen con los requisitos establecidos en la norma.


  1. Registro Vasco de Profesionales del Deporte


Obligatorio para quienes ejerzan estas actividades profesionales. Permitirá consultar si las personas que ofrecen servicios deportivos tienen la formación y habilitación legal.


En relación a esta cuestión, desde la Dirección de Actividad Física y del Deporte del Gobierno Vasco nos ha dado prioridad y facilitado el enlace al mismo para que todas las personas colegiadas podáis acceder y registraros. Es por ello que os invitamos a realizar este trámite y en caso de surgir dudas y/o problemas, nos los hagáis llegar.


  1. Periodos transitorios y acompañamiento


Entre septiembre de 2025 y marzo de 2026, el Departamento competente ayudará a los profesionales, clubes y entidades a resolver dudas e inscribirse en el registro.


Acceso al registro, a través del siguiente enlace.





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